7 de febrero de 2019
LA CORTE FUERZA RECALCULO DE CANDIDATOS EN RIO NEGRO Y LA RIOJA

La Corte Suprema de Justicia se encamina a emitir dos fallos de alto impacto polÃtico y electoral. Tal como habÃa adelantado Infobae, ya están conformadas las mayorÃas para rechazar los intentos reeleccionistas de los gobernadores de RÃo Negro, Alberto Weretilneck, y de La Rioja, Sergio Casas. El máximo tribunal del paÃs, cuyos miembros se reunirán mañana para firmar las sentencias, aplicará criterios distintos en cada veredicto. En RÃo Negro, argumentará que la constitución prohÃbe expresamente la re-re. En La Rioja, anulará la enmienda que impulsó Casas porque no fue legitimada en el plebiscito que se realizó el 27 de enero. En los dos distritos habrá una reconfiguración del mapa electoral. El 7 de abril son los comicios en RÃo Negro y con el freno a Weretilneck podrÃa beneficiarse al intendente de General Roca MartÃn Soria, la cara visible de un frente que agrupa al kirchnerismo con el peronismo no k. La repercusión implica un riesgo para el gobierno nacional, que viene de salir tercero en Neuquén y podrÃa anotar un nuevo traspié en la segunda elección provincial del año. Las elecciones en La Rioja fueron convocadas para el 12 de mayo. El peronista Casas es respaldado por Alternativa Federal y su postulación fue impugnada ante la Corte por Cambiemos. Por eso, en caso de que se confirmen los dos rechazos a las re-re habrá una sensación de empate táctico en la Casa Rosada.Weretilneck fue electo vice de Carlos Soria en 2011, pero tras la muerte de éste asumió la Gobernación. En 2015 ganó la reelección. Este año pretende volver a postularse en virtud de una interpretación particular de la constitución local, que la Corte se apresta a no avalar. Sus abogados intentaron justificar la maniobra. Argumentaron que ante una eventual victoria no se estarÃa configurando un caso de "re-re" porque no fue votado para el mismo cargo en las ocasiones anteriores. El Superior Tribunal de Justicia adoptó este criterio para avalar en una primera instancia su candidatura. Sin embargo, para la Corte Suprema el alcance del artÃculo 175 de la constitución es claro en cuanto se establece un lÃmite y cualquier otra interpretación es "violatoria de la voluntad constituyente".
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