7 de febrero de 2019
LA CORTE FUERZA RECALCULO DE CANDIDATOS EN RIO NEGRO Y LA RIOJA
La Corte Suprema de Justicia se encamina a emitir dos fallos de alto impacto político y electoral. Tal como había adelantado Infobae, ya están conformadas las mayorías para rechazar los intentos reeleccionistas de los gobernadores de Río Negro, Alberto Weretilneck, y de La Rioja, Sergio Casas. El máximo tribunal del país, cuyos miembros se reunirán mañana para firmar las sentencias, aplicará criterios distintos en cada veredicto. En Río Negro, argumentará que la constitución prohíbe expresamente la re-re. En La Rioja, anulará la enmienda que impulsó Casas porque no fue legitimada en el plebiscito que se realizó el 27 de enero. En los dos distritos habrá una reconfiguración del mapa electoral. El 7 de abril son los comicios en Río Negro y con el freno a Weretilneck podría beneficiarse al intendente de General Roca Martín Soria, la cara visible de un frente que agrupa al kirchnerismo con el peronismo no k. La repercusión implica un riesgo para el gobierno nacional, que viene de salir tercero en Neuquén y podría anotar un nuevo traspié en la segunda elección provincial del año. Las elecciones en La Rioja fueron convocadas para el 12 de mayo. El peronista Casas es respaldado por Alternativa Federal y su postulación fue impugnada ante la Corte por Cambiemos. Por eso, en caso de que se confirmen los dos rechazos a las re-re habrá una sensación de empate táctico en la Casa Rosada.Weretilneck fue electo vice de Carlos Soria en 2011, pero tras la muerte de éste asumió la Gobernación. En 2015 ganó la reelección. Este año pretende volver a postularse en virtud de una interpretación particular de la constitución local, que la Corte se apresta a no avalar. Sus abogados intentaron justificar la maniobra. Argumentaron que ante una eventual victoria no se estaría configurando un caso de "re-re" porque no fue votado para el mismo cargo en las ocasiones anteriores. El Superior Tribunal de Justicia adoptó este criterio para avalar en una primera instancia su candidatura. Sin embargo, para la Corte Suprema el alcance del artículo 175 de la constitución es claro en cuanto se establece un límite y cualquier otra interpretación es "violatoria de la voluntad constituyente".
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